ESTE ACUERDO DE INDEMNIZACIÓN ("Acuerdo") se celebra entre usted, el Indemnizador firmante, y la Fianza a través del productor de fianzas independiente debidamente nombrado por la Fianza que se menciona a continuación ("Productor").
1. Usted hará que el Acusado comparezca en cualquier tribunal que sea requerido en relación con la Fianza en los horarios indicados en la Fianza y en cualquier otro momento que pueda ser ordenado por el tribunal.
2. Usted, conjunta y solidariamente (juntos y por separado) con cualquier otro indemnizador, indemnizará a la Fianza y la mantendrá indemnizada y libre de cualquier pérdida, demanda, responsabilidad, honorarios y gastos relacionados con, o derivados de, la emisión o adquisición de la Fianza por parte de la Fianza, incluyendo, pero no limitándose a lo siguiente: (a) el monto principal de cualquier confiscación de, o juicio sobre, la Fianza, más cualquier costo judicial relacionado, intereses y honorarios legales incurridos, (b) un cargo por recuperación de fugitivos si se confisca la Fianza (que generalmente es el diez por ciento del monto de la Fianza para una recuperación dentro del estado, más cualquier gasto desembolsado), (c) cualquier y todos los costos de extradición que se puedan incurrir para aprehender y devolver al Acusado, y (d) si se requiere una acción de cobro, honorarios razonables y reales de abogados, más todos y cada uno de los demás costos, gastos y/o evaluaciones que puedan ser incurridos como resultado de cualquier confiscación de la Fianza, sujeto a la ley aplicable (si la hay) como se indica en un anexo adjunto. El recibo, cheque u otra evidencia de cualquier pago hecho por la Fianza o el Productor, en razón de dicha fianza, será una prueba concluyente de dicho pago en cualquier demanda contra usted, tanto en cuanto a la corrección de dicho pago como en cuanto a la extensión de su responsabilidad ante la Fianza por dicho pago. Además, usted, a solicitud, proporcionará a la Fianza los fondos necesarios para cubrir cualquier reclamación, demanda, responsabilidad, honorarios de abogados, gastos o juicios, ya sea que dicha solicitud se haga antes o después de que la Fianza haya pagado o adelantado dichos fondos.
3. Sujeto a la ley aplicable (si la hay) como se indica en un anexo adjunto: (a) cualquier propiedad o colateral que deposite se deposita como garantía para el pago de todas y cada una de las sumas adeudadas a la Fianza o al Productor, incluyendo todas las responsabilidades, demandas, daños, juicios, intereses, honorarios de abogados y costos sufridos, soportados, realizados o incurridos por la Fianza o el Productor debido a, derivados de o relacionados con la Fianza y las transacciones contempladas por este documento (incluyendo, sin limitación, los elementos mencionados en el Párrafo 2 anterior), su incumplimiento de los términos y condiciones de este Acuerdo, y todas y cada una de las deudas u otras obligaciones derivadas de o evidenciadas por cualquier acuerdo firmado por el Acusado, usted o cualquier otro indemnizador en beneficio de la Fianza o el Productor ("Pasivos"); y (b) si usted otorga a la Fianza un derecho de retención o un interés de garantía sobre cualquier propiedad o colateral para hacer cumplir las obligaciones contenidas en este Acuerdo, y si usted no cumple con todas sus obligaciones en este Acuerdo, usted autoriza a la Fianza a (i) aplicar o vender cualquier colateral que haya depositado para reembolsar a la Fianza por todos y cada uno de los Pasivos de cualquier tipo o naturaleza, (ii) retener, aplicar o vender el colateral, o cualquier parte del mismo, para proteger o reembolsar a la Fianza en razón de la ejecución en cualquier momento de cualquier otra fianza para o en nombre suyo o del Acusado, y (iii) aplicar y vender el colateral con el propósito de poner a la Fianza en fondos líquidos o proteger a la Fianza contra cualquier reclamación, demanda o pérdida bajo la Fianza o cualquier otra fianza ejecutada en su nombre o en nombre del Acusado. Sujeto a la ley aplicable (si la hay) como se indica en un anexo adjunto, la Fianza podrá realizar cualquier venta, a su discreción, en ventas públicas o privadas, y sin demanda, aviso o anuncio del tiempo y lugar de dicha venta, y también con el derecho de comprar dicho colateral en dicha venta o ventas, liberado y exento de cualquier equidad o derecho de redención.
4. La Fianza no será responsable por la depreciación de ningún colateral ni por ningún interés sobre el mismo. En caso de depreciación del colateral, o de cualquier parte del mismo, o de cualquier colateral que se deposite en el futuro con la Fianza para su protección, a solicitud de la Fianza, usted deberá proporcionar a la Fianza colateral adicional y satisfactorio, de modo que el valor total de mercado del colateral sea, en todo momento, igual al valor de mercado del colateral en el momento de su depósito inicial. Sujeto a la ley aplicable (si la hay) como se indica en un anexo adjunto, si usted no deposita dicho colateral adicional, la Fianza tendrá el derecho pleno, poder y autoridad, sin necesidad de más demandas o notificaciones, de vender, asignar y entregar la totalidad o cualquier parte de dicho colateral, colateral sustituido o colateral adicional, en venta pública o privada, a su elección, y sin necesidad de demanda, aviso o publicidad, y también con el derecho de comprar dicho colateral en cualquier venta, liberado y exento de cualquier equidad o derecho de redención.
5. Si se toma una confesión de juicio en relación con la Fianza, la Fianza tendrá el derecho de ingresar y presentar la misma en cualquier momento, y dicho juicio será un gravamen y tendrá preferencia contra cualquiera de sus bienes, independientemente de si la Fianza está indemnizada en el momento de la presentación o ingreso de dicho juicio. En caso de que la Fianza presente una confesión de juicio en su contra, el juicio ingresado será efectivo y disponible para la Fianza no solo en relación con la Fianza, sino también en relación con cualquier otra fianza que haya sido emitida por la Fianza en la cual usted sea el indemnizador o el acusado.
6. Usted reconoce y acepta que la Fianza puede ejecutar cualquiera o todas las garantías y derechos de seguridad surgidos de las transacciones relacionadas con la Fianza o este Acuerdo, o ejercer cualquiera de sus derechos o recursos bajo este Acuerdo, o tomar cualquier combinación de tales acciones, sin renunciar a ningún otro derecho o recurso. La falta de ejercicio de cualquiera de los derechos o recursos de la Fianza en un momento determinado no constituirá una renuncia al derecho de ejercitarlos en otro momento. Cualquier garantía o colateral que usted proporcione puede ser sustituido, subordinado o liberado por la Fianza sin afectar a ningún otro derecho. La Fianza no estará obligada a hacer valer sus derechos sobre cualquier garantía o colateral antes de hacerlos valer contra usted o cualquier otro indemnizador.
7. Sujeto a la ley aplicable (si la hay) como se indica en un anexo adjunto, la Fianza le devolverá el colateral cuando se cumplan todas las siguientes condiciones: (i) la Fianza reciba evidencia legal escrita competente y satisfactoria para la Fianza (por ejemplo, notificación escrita del tribunal) de la liberación o descarga de la Fianza de toda responsabilidad bajo la Fianza; (ii) no haya Pasivos pendientes de ningún tipo que surjan o estén relacionados con la Fianza; (iii) no existan otras fianzas u obligaciones pendientes ejecutadas por, para o en su nombre o en nombre del Acusado en relación con las cuales la Fianza considere aconsejable retener dicho colateral para su protección; y (iv) a solicitud de la Fianza, usted deberá haber firmado y entregado a la Fianza una liberación general al momento de la devolución del colateral. Si la Fianza considera necesario realizar algún desembolso para proteger cualquier colateral o garantía en su posesión, ya sea que se trate de bienes inmuebles o muebles, usted autoriza a la Fianza a hacerlo y acepta indemnizar y reembolsar a la Fianza por dicho desembolso según el criterio de la Fianza, que sea necesario para proteger su colateral o garantía, incluidos el pago de impuestos o gravámenes o hipotecas, y cualquier honorario de abogados o de servicios por el tiempo invertido y/o servicios especiales prestados.
8. La Fianza tendrá el derecho de transferir y/o ceder, total o parcialmente, sus derechos y obligaciones en este Acuerdo, y/o en la Fianza al Productor o a cualquier otra persona o entidad (“Cesionario”) sin necesidad de notificación ni consentimiento por su parte. Sujeto a cualquier limitación impuesta al Cesionario por la Fianza, el Cesionario tendrá el derecho de hacer cumplir, en cualquier acción, procedimiento o de otra manera, cualquiera de los derechos de la Fianza aquí contenidos o que surjan de cualquiera de las transacciones contempladas en este documento, y usted no podrá, y renuncia expresamente a cualquier derecho de, alegar la reclamación o defensa de que el Cesionario no tiene derecho a hacer cumplir tales derechos en cualquier acción, procedimiento o de otra manera. Si se emite más de una fianza para el Acusado, entonces este Acuerdo se extenderá y cubrirá todas esas fianzas, y los términos de este Acuerdo se aplicarán a cada fianza individualmente o en conjunto.
9. Este Acuerdo y todos los documentos que se ejecuten en relación con este Acuerdo establecen todos los términos del acuerdo entre la Fianza y usted. Todas las declaraciones, representaciones, promesas, acuerdos y afirmaciones realizadas por la Fianza y sus productores y empleados antes o simultáneamente con la ejecución de este Acuerdo están contenidas en este documento, y a menos que estén específicamente establecidas en este Acuerdo, no tienen fuerza ni efecto alguno para determinar los derechos y responsabilidades de la Fianza y usted. Además, usted acepta ejecutar y estar sujeto a cualquier otro documento futuro necesario para llevar a cabo y ejecutar este Acuerdo.
10. Usted reconoce y acepta que ni la Fianza ni su Productor han recomendado o sugerido ningún abogado específico o bufete de abogados para representar al Acusado en ninguna capacidad.
11. Este Acuerdo no podrá ser terminado ni modificado verbalmente. Todas las modificaciones y terminaciones de este Acuerdo, incluyendo cualquier liberación de su responsabilidad en virtud del mismo, deberán realizarse por escrito y estar firmadas tanto por la Fianza como por usted.
12. En la medida máxima permitida por la ley aplicable, usted renuncia a cualquier derecho que pudiera tener bajo la ley federal (incluyendo, pero no limitado a, la Ley de Privacidad - Ley de Libertad de Información del Título 28, la Ley de Informes de Crédito Justos del Título 6) y cualquier ley local o estatal relacionada con la obtención por parte de la Fianza, y usted consiente y autoriza a la Fianza a obtener, cualquier información y/o registros privados o públicos sobre usted de cualquier parte o agencia, ya sea privada o gubernamental (local, estatal, federal), incluyendo, pero no limitado a, informes de crédito, registros de Seguridad Social, antecedentes penales, antecedentes civiles, registros de conducción, registros fiscales, registros telefónicos, registros médicos, registros escolares, registros de compensación laboral y registros de empleo. Además, usted autoriza, sin reservas, a cualquier parte o agencia, ya sea privada o gubernamental (local, estatal, federal), contactada por la Fianza, a proporcionar de acuerdo con la ley aplicable cualquier información privada o pública y registros en su posesión sobre usted a la Fianza, y ordena que una copia de este documento sirva como prueba de dicha autorización. Usted otorga irrevocablemente a la fianza, y a sus productores, agentes y representantes, el derecho de ingresar a su residencia u otra propiedad de su propiedad o ocupada por usted o el Acusado sin previo aviso, en cualquier momento, con el propósito de localizar, arrestar y devolver al acusado a la custodia, y sujeto a la ley aplicable, usted renuncia a cualquier y toda causa de acción en relación con ello, incluyendo, sin limitación, demandas por allanamiento de morada y encarcelamiento falso.
13. Usted acepta que la Fianza puede adjuntar un dispositivo de seguimiento de ubicación en cualquier vehículo de su propiedad o conducido por usted, en cualquier momento, sin previo aviso, y monitorear la ubicación del vehículo a través de cualquier tecnología disponible. Además, usted acepta que la Fianza puede utilizar tecnologías de ubicación para localizar su dispositivo inalámbrico en cualquier momento durante el período de la fianza del Acusado y cualquier período de remisión aplicable, y la fianza está condicionada a su cumplimiento total con los siguientes términos y condiciones: (a) la Fianza, a su discreción, utilizará tecnologías de ubicación basadas en la red para encontrarlo; (b) este es el único aviso que recibirá para la recolección de su información de ubicación; (c) la Fianza retendrá los datos de ubicación solo mientras la fianza esté vigente y durante cualquier período de remisión aplicable; (d) la Fianza divulgará la información de ubicación solo a los tribunales según lo requiera una orden judicial; (e) la Fianza y sus productores, designados y representantes con licencia serán las únicas personas con acceso a su información de ubicación; (f) NO TENDRÁ LA OPCIÓN DE OPTAR POR NO PARTICIPAR EN EL USO O SEGUIMIENTO DE LA UBICACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE LA FIANZA; y (g) todas las preguntas relacionadas con la capacidad de ubicación deben dirigirse a la Fianza.
14. En el caso de que alguna disposición aquí se considere que excede cualquier ley estatal o federal aplicable, dicha disposición se considerará automáticamente revisada para cumplir con dicha ley, con el fin de proporcionar a la Fianza la máxima protección contra cualquier pérdida o responsabilidad. La invalidez o inaplicabilidad de cualquier disposición aquí (o parte de ella) no afectará de ninguna manera la validez o aplicabilidad de cualquier otra disposición (o parte de ella).
15. No se le ha pagado por firmar este Acuerdo. Ha leído el contrato anterior, lo entiende y acepta cumplir con TODAS las disposiciones del mismo.
IMPORTANTE ADVERTENCIAS DE FRAUDE
RESIDENTES DE ALABAMA - Cualquier persona que presente intencionalmente un reclamo falso o fraudulento para el pago de una pérdida o beneficio, o que presente intencionalmente información falsa en una solicitud de seguro, es culpable de un delito y puede estar sujeta a multas de restitución o confinamiento en prisión, o cualquier combinación de estos.
RESIDENTES DE ARKANSAS - Cualquier persona que presente intencionalmente un reclamo falso o fraudulento para el pago de una pérdida o beneficio, o que presente intencionalmente información falsa en una solicitud de seguro, es culpable de un delito y puede estar sujeta a multas y confinamiento en prisión.
RESIDENTES DE FLORIDA - Cualquier persona que, de manera intencionada o con la intención de dañar, defraudar o engañar a cualquier asegurador, presente una declaración de reclamo o una solicitud que contenga información falsa, incompleta o engañosa, es culpable de un delito grave de tercer grado.
RESIDENTES DE LOUISIANA, RHODE ISLAND Y VIRGINIA OCCIDENTAL - Cualquier persona que presente intencionalmente un reclamo falso o fraudulento para el pago de una pérdida o beneficio, o que presente intencionalmente información falsa en una solicitud de seguro, es culpable de un delito y puede estar sujeta a multas y confinamiento en prisión.
RESIDENTES DE MAINE, TENNESSEE, VIRGINIA Y WASHINGTON - Es un delito proporcionar intencionalmente información falsa, incompleta o engañosa a una compañía de seguros con el propósito de defraudar a la compañía. Las sanciones pueden incluir encarcelamiento, multas o denegación de beneficios de seguro.
RESIDENTES DE MARYLAND - Cualquier persona que presente intencionalmente o deliberadamente un reclamo falso o fraudulento para el pago de una pérdida o beneficio, o que presente intencionalmente o deliberadamente información falsa en una solicitud de seguro, es culpable de un delito y puede estar sujeta a multas y confinamiento en prisión.
RESIDENTES DE NUEVA JERSEY - Cualquier persona que incluya información falsa o engañosa en una solicitud para una póliza de seguro está sujeta a sanciones penales y civiles.
RESIDENTES DE NUEVO MÉXICO - CUALQUIER PERSONA QUE PRESENTE INTENCIONALMENTE UN RECLAMO FALSO O FRAUDULENTO PARA EL PAGO DE UNA PÉRDIDA O BENEFICIO O QUE PRESENTE INTENCIONALMENTE INFORMACIÓN FALSA EN UNA SOLICITUD DE SEGURO ES CULPABLE DE UN DELITO Y PUEDE ESTAR SUJETA A MULTAS CIVILES Y PENALIDADES PENALES.
RESIDENTES DE NUEVA YORK - Cualquier persona que intencionalmente y con el propósito de defraudar a una compañía de seguros u otra persona presente una solicitud de seguro o un estado de reclamo que contenga información materialmente falsa, o que oculte información con el propósito de engañar sobre cualquier hecho material relacionado, comete un acto de fraude de seguros, que es un delito, y también estará sujeta a una penalización civil que no exceda de cinco mil dólares y el valor declarado del reclamo por cada violación.
RESIDENTES DE OHIO - Cualquier persona que, con la intención de defraudar o sabiendo que está facilitando un fraude contra un asegurador, presente una solicitud o un reclamo que contenga una declaración falsa o engañosa es culpable de fraude de seguros.
RESIDENTES DE OKLAHOMA - ADVERTENCIA: Cualquier persona que intencionalmente, y con la intención de lesionar, defraudar o engañar a un asegurador, presente un reclamo por los ingresos de una póliza de seguros que contenga información falsa, incompleta o engañosa es culpable de un delito grave.
RESIDENTES DE PENNSYLVANIA - Cualquier persona que intencionalmente y con el propósito de defraudar a una compañía de seguros u otra persona presente una solicitud de seguro o un estado de reclamo que contenga información materialmente falsa, o que oculte información con el propósito de engañar sobre cualquier hecho material relacionado, comete un acto de fraude de seguros, que es un delito y sujeta a dicha persona a penalidades penales y civiles.